Desde el 22 de mayo de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha intensificado sus controles sobre las declaraciones y pagos del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD). Esta medida ha sorprendido a muchos contribuyentes, quienes han recibido notificaciones por correo electrónico sobre pagos pendientes de ISD correspondientes a consumos realizados en el exterior durante los años 2022, 2023 y 2024. A continuación, se detallan aspectos clave sobre este impuesto y cómo afecta a los usuarios de tarjetas de crédito y débito.
### ¿Qué Consumos Están Gravados con el ISD?
Según la Ley de Régimen Tributario Interno, el ISD se aplica a las transferencias o envíos de dinero al exterior, ya sea que se realicen a través del sistema financiero o directamente por personas naturales o empresas. Esto incluye gastos efectuados en el extranjero mediante tarjetas de crédito o débito, así como compras en páginas internacionales de comercio electrónico como Amazon o Temu, y servicios de streaming como Netflix o Spotify. Además, los pagos realizados a empresas como Uber también están sujetos a este impuesto, ya que se consideran pagos al exterior.
### Tarifas y Montos Exentos
La tarifa del ISD ha variado en los últimos años. Desde abril de 2024, la tasa es del 5% sobre cada consumo realizado en el exterior. Sin embargo, en los años anteriores, esta tarifa fue menor. Por ejemplo, en 2022, comenzó en 4,75% y disminuyó gradualmente hasta el 4%. En 2023, la tasa inicial fue del 4% y bajó hasta el 3,50%.
En cuanto a los montos exentos, si los consumos se realizan con tarjetas de crédito o débito, hay un límite anual exento de ISD que asciende a USD 5.000, ajustado cada tres años. Para los períodos fiscales de 2022, 2023 y 2024, este monto fue de USD 5.109,79. Para los años 2025, 2026 y 2027, el valor exento se ha establecido en USD 5.188,26. Los controles del SRI se centran en aquellos contribuyentes que han superado este monto exento y no han realizado el pago correspondiente o lo han hecho por debajo del monto que realmente debían.
### Razones Detrás de los Controles del SRI
El SRI ha implementado estos controles debido a que el valor del ISD que deben pagar los contribuyentes por consumos en el exterior es retenido por las entidades financieras cuando se supera el monto exento anual. Sin embargo, la falta de un cruce de información entre bancos y cooperativas puede llevar a que no se detecten los consumos que superan el límite exento, lo que resulta en que no se realice la retención o se haga por un monto inferior al que corresponde. Por esta razón, el SRI ha comenzado a notificar a los contribuyentes sobre los valores pendientes de pago, tras haber realizado un cruce de información con las entidades financieras.
### Plazos y Procedimientos para el Pago del ISD
De acuerdo con la Resolución NAC-DGERCGC25-00000009, publicada en el Registro Oficial el 21 de mayo, los contribuyentes tienen hasta el 30 de junio de 2025 para pagar de forma acumulada los montos de ISD no declarados de los años 2022, 2023 y 2024. Si un contribuyente tiene deudas de ISD, puede declarar el impuesto y cancelar el monto correspondiente siguiendo un procedimiento específico en el portal del SRI. Esto incluye ingresar al portal en línea, seleccionar la opción de ‘Declaraciones’, y completar el formulario correspondiente para realizar el pago.
### Qué Hacer si No Estás de Acuerdo con el Cobro
Si un contribuyente no reconoce el impuesto pendiente de pago notificado, debe verificar sus estados de cuenta e identificar los consumos realizados desde o hacia el exterior. Es recomendable sumar todos los valores y comprobar que no superen el monto exento. Si después de revisar los estados de cuenta, el contribuyente considera que hay inconsistencias, puede acercarse a las oficinas del SRI para revisar el detalle de sus consumos.
### Cambios en el Pago del ISD para Consumos de 2025
A partir de mayo de 2025, el SRI ha modificado la forma y las fechas de pago del ISD. Anteriormente, la declaración del ISD para aquellos contribuyentes que superaban el monto anual exento debía realizarse de manera acumulada mensual. Ahora, esta declaración se realizará de forma acumulada anual en abril del año siguiente a los consumos gravados, siempre que el contribuyente supere el monto exento y la entidad financiera no haya retenido el valor del impuesto. Por lo tanto, los pagos de ISD por consumos realizados en 2025 deberán efectuarse en abril de 2026, conforme al calendario estipulado por el SRI.