El próximo 16 de noviembre de 2025, Ecuador se prepara para un importante evento democrático: el referéndum y consulta popular. Este proceso no solo implica la votación sobre cuatro preguntas clave, sino que también conlleva una serie de sanciones y multas para aquellos ciudadanos que no cumplan con su deber cívico. En este artículo, exploraremos las implicaciones de no votar y las diversas infracciones que pueden resultar en sanciones económicas.
### Obligaciones de Voto y Sanciones por Inasistencia
En Ecuador, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos que se encuentren entre los 18 y 65 años. La ley establece que aquellos que no participen en el referéndum enfrentarán una multa, que es la sanción más común en el contexto electoral. Esta obligación se encuentra respaldada por el Código de la Democracia, que estipula que la inasistencia a las urnas puede acarrear consecuencias económicas significativas.
Además de la multa por no votar, el Consejo Nacional Electoral (CNE) también sancionará a aquellos ciudadanos que, habiendo sido seleccionados para integrar las juntas receptoras de voto, no se presenten a cumplir con esta función. Esta medida busca garantizar que el proceso electoral se lleve a cabo de manera ordenada y eficiente, evitando la falta de personal en las mesas de votación.
Es importante mencionar que la multa por no votar puede variar, y es fundamental que los ciudadanos estén informados sobre las consecuencias de su inasistencia. Para aquellos que deseen conocer más sobre las preguntas que se plantearán en el referéndum, se puede acceder a la información detallada a través de los canales oficiales del CNE.
### Otras Infracciones y sus Consecuencias
El referéndum de 2025 no solo se centra en la participación ciudadana, sino que también establece un marco de sanciones para diversas infracciones que pueden ocurrir durante el proceso electoral. A continuación, se detallan algunas de las multas que se aplicarán en caso de violaciones a las normativas establecidas:
1. **Ley Seca**: Durante el periodo electoral, la Ley Seca estará en vigor, y cualquier infracción a esta norma resultará en una multa de USD 235. Esta medida busca mantener el orden y la sobriedad durante el proceso de votación.
2. **Proselitismo Político**: Realizar actividades de proselitismo político durante el silencio electoral o el día de las votaciones también conlleva una multa de USD 235. Esta sanción es crucial para asegurar que los votantes tomen decisiones informadas sin presiones externas en el momento de votar.
3. **Uso de Teléfonos y Fotografías**: La utilización de teléfonos móviles o la toma de fotografías de la papeleta electoral está estrictamente prohibida. Las sanciones por esta infracción pueden oscilar entre USD 9.870 y USD 32.900, dependiendo de la gravedad de la violación.
4. **Estado de Embriaguez**: Ingresar a un recinto electoral o votar en estado de embriaguez también es motivo de sanción, con una multa de USD 235. Esta medida busca garantizar que todos los votantes se encuentren en condiciones adecuadas para ejercer su derecho al voto.
5. **Alteraciones y Disturbios**: Causar alteraciones o disturbios dentro o fuera de los recintos electorales también será sancionado con una multa de USD 235. Esta norma es esencial para mantener la paz y el orden durante el proceso electoral.
La implementación de estas sanciones es parte de un esfuerzo más amplio por parte del CNE para asegurar que el referéndum y consulta popular se desarrollen de manera justa y transparente. La educación de los ciudadanos sobre sus derechos y responsabilidades es fundamental para fomentar una participación activa y responsable en el proceso democrático.
Con la fecha del referéndum acercándose, es crucial que los ecuatorianos se informen sobre las implicaciones de su participación y las posibles sanciones por inasistencia o infracciones. La democracia se fortalece con la participación activa de sus ciudadanos, y cada voto cuenta en la construcción del futuro del país.