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    Política

    Nuevas Normativas para la Declaración Patrimonial de Funcionarios Públicos en Ecuador

    By 30 de julio de 2025No hay comentarios4 Mins Read
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    La Contraloría General del Estado (CGE) ha implementado una nueva normativa que afecta a todos los funcionarios públicos considerados como Personas Expuestas Políticamente (PEP). Esta medida, que entra en vigor a partir del 1 de agosto de 2025, exige a estos servidores presentar una declaración patrimonial jurada que detalle sus ingresos, bienes y vínculos económicos tanto a nivel nacional como internacional. Esta reforma legal se enmarca dentro de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, que fue promulgada el 29 de julio de 2025.

    La declaración patrimonial es un requisito fundamental para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en el sector público. Según el comunicado emitido por la CGE, la obligación de presentar esta declaración se aplica a un amplio rango de funcionarios, incluyendo asambleístas, alcaldes, directores de empresas públicas, y miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, entre otros. La normativa busca prevenir la corrupción y el lavado de activos, asegurando que los funcionarios públicos mantengan un registro claro y accesible de su situación económica.

    ### Detalles de la Nueva Declaración Patrimonial

    La declaración patrimonial que deberán presentar los funcionarios públicos incluirá información detallada sobre varios aspectos de su vida económica. Entre los datos que se deben reportar se encuentran:

    1. **Cargos actuales**: Los funcionarios deberán informar sobre cualquier cargo que ocupen fuera de la función pública, ya sea remunerado o no.
    2. **Fuentes de ingresos**: Es necesario detallar todas las fuentes de ingresos adicionales, tanto nacionales como internacionales.
    3. **Remuneración**: Se deberá especificar la remuneración recibida como servidor público.
    4. **Bienes y sociedades**: Los funcionarios deben declarar todos los bienes, sociedades o fideicomisos en los que sean beneficiarios, así como los de su cónyuge o hijos menores.
    5. **Derechos de representación**: También se deben incluir los derechos de representación que hayan sido otorgados o adquiridos.

    El proceso de presentación de esta declaración será gratuito y se llevará a cabo a través del sitio web de la Contraloría. Los funcionarios tendrán un mes, del 1 al 31 de agosto de 2025, para completar este trámite. La CGE ha enfatizado que la omisión de esta obligación será considerada una falta grave, lo que podría acarrear sanciones conforme a la Ley Orgánica de Servicio Público.

    ### Alcance de la Normativa y Sanciones

    La nueva normativa no solo se limita a los funcionarios de alto rango, sino que también abarca a una amplia gama de servidores públicos. Esto incluye a todos los cargos de elección popular, así como a servidores públicos del grado 5 al 10 del nivel jerárquico superior y sus equivalencias. Además, se extiende a subgerentes de área, directores, gerentes, asesores y coordinadores de empresas públicas estatales. En el ámbito militar y policial, la normativa aplica desde el grado de teniente coronel y capitán de fragata, respectivamente.

    Asimismo, la normativa incluye a autoridades de gobiernos autónomos descentralizados (GAD), como alcaldes, vicealcaldes y concejales, así como a magistrados, jueces y fiscales. Esta amplia cobertura busca asegurar que todos los funcionarios que manejan recursos públicos estén sujetos a un control riguroso de su patrimonio.

    El contralor general, Mauricio Torres, ha emitido el Acuerdo No. 031-CG-2025, que establece el reglamento para el registro electrónico de las declaraciones patrimoniales. Las unidades de Talento Humano de las distintas instituciones deberán notificar a los funcionarios sobre esta nueva obligación, asegurando que todos estén al tanto de los requisitos y plazos establecidos.

    La implementación de esta normativa es un paso significativo hacia la transparencia en la gestión pública en Ecuador. La CGE ha manifestado su compromiso de verificar el cumplimiento de esta obligación y ha advertido que cualquier incumplimiento será tratado con la seriedad que merece, considerando las implicaciones que tiene para la confianza pública y la integridad del servicio público. La medida se enmarca dentro de un esfuerzo más amplio por parte del gobierno ecuatoriano para combatir la corrupción y promover una cultura de rendición de cuentas entre los funcionarios públicos. Con esta nueva normativa, se espera que la ciudadanía pueda tener acceso a información clara y precisa sobre la situación patrimonial de sus representantes, lo que contribuirá a fortalecer la confianza en las instituciones del Estado.

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