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    Economía

    Nueva Normativa Laboral en el Sector Público: Prevención del Acoso y la Discriminación

    adminBy admin16 de agosto de 2025No hay comentarios4 Mins Read
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    La reciente implementación de una normativa laboral en el sector público ecuatoriano marca un hito significativo en la lucha contra la violencia y el acoso en el entorno laboral. Esta nueva regulación, emitida por el Ministerio del Trabajo, busca establecer un marco claro para prevenir y sancionar conductas que atenten contra la dignidad y los derechos de los trabajadores. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes de esta normativa y su impacto en el ámbito laboral.

    ### Alcance de la Nueva Normativa

    El Acuerdo Ministerial MDT-2025-093, publicado el 14 de agosto de 2025, establece lineamientos específicos para prevenir actos de discriminación, violencia y acoso, incluyendo el acoso sexual, en el sector público. Esta normativa no solo se aplica dentro de las instalaciones de las entidades públicas, sino también en actividades externas relacionadas con el trabajo, como viajes, eventos y comunicaciones, ya sean verbales o escritas. Esto incluye interacciones a través de plataformas digitales, lo que refleja la necesidad de adaptarse a las nuevas formas de trabajo que han surgido en la era digital.

    Uno de los aspectos más destacados de esta normativa es la consideración de la desconexión laboral como un derecho fundamental. La Ley Orgánica de Servicio Público (Losep) establece que la no desconexión puede ser considerada una forma de violencia y acoso. Sin embargo, se han establecido excepciones para ciertos grupos de trabajadores, como aquellos en posiciones jerárquicas superiores o en situaciones de emergencia que requieran disponibilidad constante.

    ### Prohibiciones y Conductas Inaceptables

    La normativa también incluye una serie de prohibiciones que buscan erradicar conductas que puedan resultar en discriminación o acoso. Entre estas se encuentran:

    – La desvalorización de habilidades y estigmatización que puedan menoscabar la situación laboral de un individuo.
    – La divulgación de información personal, como la intimidad corporal y la orientación sexual.
    – La intimidación y el hostigamiento en cualquier forma.
    – La segregación ocupacional y el abuso en la asignación de tareas, especialmente en relación con la discapacidad de los trabajadores.
    – Cualquier tipo de discriminación en procesos de ascenso laboral.

    Además, se prohíbe la realización de requerimientos de carácter sexual no consentidos, así como cualquier forma de violencia, ya sea física, psicológica o sexual. La normativa busca crear un ambiente laboral seguro y respetuoso, donde todos los trabajadores puedan desempeñar sus funciones sin temor a represalias o acoso.

    ### Definición de Discriminación y Procedimientos de Denuncia

    La normativa define la discriminación como cualquier trato desigual que impida el pleno ejercicio de los derechos laborales. Esto incluye la prohibición de solicitar información personal irrelevante durante los procesos de selección, como pruebas de embarazo o resultados de exámenes médicos que no estén relacionados con las funciones del cargo.

    Para garantizar la protección de las víctimas, se establece un procedimiento claro para la presentación de denuncias. Los trabajadores que se sientan afectados por conductas de acoso o discriminación deben presentar su denuncia ante la Unidad de Talento Humano de su entidad. En caso de que no se tomen acciones en un plazo de diez días, se considerará una falta por omisión, lo que podría acarrear sanciones para los responsables.

    Si la denuncia involucra a la máxima autoridad de la entidad, el trabajador tiene la opción de presentar su queja directamente al Ministerio del Trabajo. Este enfoque busca asegurar que las denuncias sean tratadas con la seriedad y confidencialidad necesarias, protegiendo la identidad de las personas involucradas y evitando la revictimización.

    ### Programas de Prevención y Responsabilidad Institucional

    Las instituciones públicas con más de 50 trabajadores están obligadas a implementar un Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales. Este programa debe incluir acciones proactivas para minimizar el riesgo de conductas de acoso y discriminación, y debe ser reportado cada dos años al Ministerio del Trabajo. Para aquellas entidades con menos de 50 trabajadores, se deben seguir las normativas vigentes en materia de seguridad y salud laboral.

    La implementación de esta normativa representa un avance significativo en la protección de los derechos de los trabajadores en el sector público. Al establecer un marco claro para la prevención y sanción de conductas inaceptables, se busca fomentar un ambiente laboral más justo y equitativo, donde todos los servidores públicos puedan desempeñar sus funciones sin temor a sufrir acoso o discriminación.

    acoso discriminación normativa prevención sector público
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