La reciente reforma laboral en Ecuador ha generado un amplio debate y confusión en torno a las obligaciones que las empresas deben cumplir respecto a la contratación de trabajadores mayores de 40 años. Publicada en el Registro Oficial el 14 de mayo de 2025, esta normativa busca combatir la discriminación por edad en el ámbito laboral, pero su implementación ha suscitado dudas sobre su claridad y efectividad.
**Detalles de la Reforma y sus Implicaciones**
El 12 de mayo de 2025, la Asamblea Nacional aprobó una reforma que establece sanciones para las empresas que no mantengan en su plantilla a trabajadores de más de 40 años. Según el artículo 2 de la ley, las empresas con 25 o más empleados deben garantizar que al menos uno de ellos sea mayor de 40 años. Para aquellas con más de 25 trabajadores, se establece que deben mantener al menos el 1% de su nómina con empleados de esta edad, aunque nunca menos del 4%.
Sin embargo, la abogada laboral Vanessa Velásquez ha señalado que la ley no es clara en cuanto al porcentaje mínimo exigido. Por ejemplo, en una empresa con 26 trabajadores, cumplir con el 1% sería imposible, ya que no se podría contratar a menos de un trabajador. Por lo tanto, se interpretaría que el mínimo exigido es del 4%, lo que significa que una empresa con 100 empleados debería contar con al menos cuatro trabajadores mayores de 40 años.
La exasambleísta Johanna Ortiz, quien presentó el proyecto, ha indicado que el 4% es un mínimo para incentivar a las empresas a contratar a personas mayores, pero no ha aclarado cómo se aplicará esta norma en la práctica. La falta de claridad ha llevado a cuestionamientos sobre la efectividad de la reforma y su capacidad para fomentar la inclusión laboral de este grupo etario.
**Sanciones y Consecuencias para los Empleadores**
La reforma también establece sanciones para los empleadores que no cumplan con los requisitos de contratación. Según el artículo 3, aquellos que no mantengan el porcentaje mínimo de trabajadores mayores de 40 años enfrentarán multas que oscilan entre USD 10 y 20 diarios hasta que se cumpla con la obligación. Esto podría resultar en sanciones significativas, ya que las inspecciones del Ministerio del Trabajo se realizan sobre los tres meses previos, lo que podría llevar a multas de hasta USD 1800 si se determina que una empresa ha incumplido la ley.
La reforma también contempla que el Ministerio del Trabajo implementará programas de incentivos no económicos para aquellos empleadores que contraten a personas mayores de 40 años desempleadas. Además, se publicará anualmente un listado de empresas que hayan adoptado buenas prácticas en la contratación de este grupo etario, lo que podría contribuir a la visibilización de sus esfuerzos. Sin embargo, Velásquez ha expresado que los incentivos propuestos son insuficientes y que la ley parece más sancionatoria que motivadora.
**Desafíos Legales y Constitucionalidad de la Reforma**
La reforma ha enfrentado desafíos legales, ya que ciertos artículos fueron declarados inconstitucionales por la Corte Constitucional el 24 de abril de 2025. La Corte argumentó que los porcentajes de contratación establecidos eran incompatibles con el principio de igualdad y el derecho al trabajo, garantizados en la Constitución. Esto ha llevado a la Asamblea a revisar y adecuar el proyecto de ley, lo que podría resultar en más cambios en la normativa.
La abogada Velásquez ha advertido que es probable que la ley enfrente demandas de inconstitucionalidad por parte de gremios empresariales, ya que la exigencia de un 4% de trabajadores mayores de 40 años podría seguir violando el principio de igualdad. La incertidumbre sobre la aplicación de la ley y sus implicaciones para las empresas y los trabajadores mayores de 40 años continúa siendo un tema candente en el ámbito laboral ecuatoriano.
La reforma laboral en Ecuador representa un intento de abordar la discriminación por edad en el trabajo, pero su implementación y efectividad dependerán de la claridad de sus disposiciones y de la capacidad del gobierno para hacer cumplir las nuevas regulaciones. Mientras tanto, tanto empleadores como trabajadores se encuentran en un estado de incertidumbre sobre cómo se desarrollará este nuevo marco legal en la práctica.