La Corte Constitucional de Ecuador ha tomado una decisión trascendental al declarar inconstitucionales dos leyes clave impulsadas por el presidente Daniel Noboa: la Ley de Integridad Pública y la Ley de Solidaridad Nacional. Esta resolución, emitida el 26 de septiembre de 2025, responde a una serie de demandas presentadas por sindicatos, organizaciones sociales y gremios profesionales que cuestionaron la forma en que estas leyes fueron aprobadas y su contenido.
### Contexto de las Leyes Impugnadas
Las leyes en cuestión fueron presentadas como urgentes por el gobierno, lo que permitió su tramitación acelerada en la Asamblea Nacional. Sin embargo, la Corte Constitucional argumentó que ambas normativas violaron principios fundamentales del derecho, como la unidad de materia y la deliberación democrática. En el caso de la Ley de Solidaridad Nacional, se determinó que esta norma mezclaba materias económicas, penales y de seguridad, lo que no solo complicaba su interpretación, sino que también limitaba el debate público necesario para la aprobación de leyes de tal envergadura.
La Ley de Integridad Pública, por su parte, generó un gran revuelo entre los funcionarios públicos, ya que contemplaba medidas drásticas como despidos intempestivos y evaluaciones de desempeño. Esta ley también incluía reformas que afectaban a diversas áreas, desde el sistema judicial hasta la regulación de cooperativas, lo que llevó a múltiples gremios a presentar demandas de inconstitucionalidad.
### La Sentencia de la Corte
La Corte Constitucional, al emitir su sentencia, dejó claro que ninguna ley puede ser aprobada utilizando atajos que limiten el debate público. En su comunicado, el organismo judicial enfatizó que las decisiones tomadas reflejan la importancia de la transparencia y la justificación económica en la creación de leyes. La sentencia 51-25-IN/25 anuló la Ley de Solidaridad Nacional, mientras que la sentencia 52-25-IN/25 se centró en la Ley de Integridad Pública, junto con su reglamento y normas conexas.
El juez Alí Lozada, quien lideró la audiencia sobre la Ley de Solidaridad Nacional, destacó que el gobierno no logró justificar adecuadamente la declaración de un «conflicto armado interno» contra organizaciones criminales, un punto que fue central en la evaluación de la constitucionalidad de la ley. Por otro lado, el juez José Luis Terán presentó un proyecto de dictamen sobre la Ley de Integridad Pública, que había generado una gran oposición entre los funcionarios públicos y sus representantes.
La Corte también había dispuesto previamente la suspensión provisional de ciertas disposiciones de la Ley de Integridad Pública, lo que evidenció la preocupación del organismo por los posibles efectos negativos de esta normativa en la administración pública y en la estabilidad laboral de los funcionarios.
### Reacciones y Consecuencias
La anulación de estas leyes ha generado diversas reacciones en el ámbito político y social. Por un lado, los grupos que promovieron las demandas de inconstitucionalidad celebraron la decisión de la Corte como un triunfo de la democracia y la participación ciudadana. Consideran que esta resolución es un paso importante hacia la defensa de los derechos laborales y la transparencia en la gestión pública.
Por otro lado, el gobierno de Noboa enfrenta un desafío significativo, ya que estas leyes eran parte de su agenda económica y de seguridad. La anulación puede complicar la implementación de políticas que el presidente había considerado esenciales para enfrentar problemas como la delincuencia y la crisis económica. Además, la decisión de la Corte podría abrir la puerta a nuevas demandas contra otras leyes que se consideran problemáticas, como la Ley de Inteligencia y la Ley para el control de fundaciones, que también están bajo el escrutinio de la justicia.
En este contexto, la Corte Constitucional reafirma su papel como guardiana de la Constitución y de los derechos fundamentales en Ecuador. La anulación de las leyes de Integridad Pública y Solidaridad Nacional no solo es un recordatorio de la importancia del debate democrático, sino también una advertencia a los legisladores sobre la necesidad de respetar los principios constitucionales en la creación de nuevas normativas.